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El Ayuntamiento de Zamora trabaja en la elaboración del II Plan Municipal de Juventud
02/08/2016
FUENTE:
Ayuntamiento de Zamora. Martes 2-Agosto-2016
Reunión de la Concejala de Juventud Soraya Merino con Asociaciones Juveniles del municipio para abordar los contenidos del nuevo documento
Durante los próximos meses la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Zamora y Asociaciones Juveniles del municipio trabajarán en la elaboración del II Plan Municipal de Juventud, cuya tramitación se ha puesto en marcha tras la reunión mantenida en la que se han avanzado distintos aspectos del borrador del documento.
La Concejala de Juventud Soraya Merino ha informado de los contenidos principales que recogerá el II Plan Municipal de Juventud recogidos en el borrador del documento como son: 1. Formación y empleo. 2. Información juvenil- información transversal. 3. Ocio y Cultura. 4. Emancipación 5. Participación
A la reunión celebrada en la Sala de Comisiones del Ayuntamiento de Zamora el pasado Viernes asistieron, además de Soraya Merino, representantes de diversas asociaciones juveniles como Nuevas Generales del PP, Juventudes Socialistas, UGT, Podemos, IU, Colectivo Gitano, Menesianos y CCOO.
En el mes de Septiembre la Concejalía de Juventud convocará a las Asociaciones Juveniles de Zamora a una nueva reunión para continuar debatiendo los contenidos de II Plan de Municipal de Juventud.
Marco legislativo de la Ley de Juventud de Castilla y León
El II Plan Municipal de Juventud del Ayuntamiento de Zamora se enmarca en la Ley 11/2002, de Juventud de Castilla y León, legislación que tiene por objeto establecer la ordenación de los servicios y actividades, promovidas y organizadas por personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, que tengan por destinatarios a los jóvenes, con el fin de obtener un efectivo desarrollo y protección de sus derechos, así como impulsar su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural de la Comunidad.
La Ley de Juventud de Castilla y León es de aplicación a todos los jóvenes nacidos en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, así como a todos aquellos otros que temporal o definitivamente residan en su territorio, y a las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, que realicen actividades o presten servicios que afecten, directa o indirectamente, a los jóvenes, siendo también de aplicación a las asociaciones juveniles encuadradas dentro de las comunidades castellano y leonesas asentadas fuera del territorio a que se refiere la Ley 5/1986.
A los efectos de la Ley de Juventud de Castilla y León se consideran jóvenes a “aquellas personas físicas con edad comprendida entre los catorce y los treinta años, sin perjuicio de lo establecido en otras normas promovidas por el Estado o la Unión Europea”.





